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Plan de parentalidad

Derecho de Familia

Thursday, 23 March 2023

Modelo

Debe integrar, con hechos y pruebas, los criterios y ventajas que va a tener para los hijos el régimen de custodia compartida que se propone. Su contenido debe ir más allá de la simple concreción de la permanencia o no de los hijos en un domicilio estable, exponiendo otros aspectos referidos a la toma de decisiones sobre su educación, salud y cuidado; deberes referentes a la guarda y custodia, periodos de convivencia con cada progenitor; y régimen de relaciones con ellos y con sus hermanos, abuelos u otros parientes y personas allegadas

El Código Civil no exige la elaboración del plan de parentalidad, al contrario de algunas regulaciones autonómicas, como la de Cataluña, donde desde hace años es necesaria la elaboración de dicho plan de intenciones en los procesos que deben adoptarse medidas a favor de los hijos menores (art.233.8 s. CCC).

En Derecho común, la aportación de dicho plan, que el Tribunal Supremo denomina «plan contradictorio», en estos procesos, se ha introducido jurisprudencialmente con carácter de conveniente e incluso necesario.

El Tribunal Supremo señala que el plan debe incluir la forma en la que el progenitor que pide la guarda y custodia, especialmente cuando se trata del sistema de custodia compartida sobre sus hijos en el procedimiento contencioso, pretende ejercerla y los medios que cuenta para ello.

El proponente, más allá de la simple concreción de la permanencia de los hijos con los progenitores en un domicilio estable, debe describir con el mayor detalle posible cómo se van a llevar a cabo el cuidado de los hijos tras la ruptura, proporcionando al juez toda la información precisa para poder determinar si la fórmula de ejercer la custodia que se solicita es conveniente para los hijos y protege suficientemente sus intereses.

Ello supone la inclusión de todo tipo de aspectos referidos a la toma de decisiones sobre su educación, salud y cuidado. Debe destacar las ventajas que va a tener para los hijos una vez producida la crisis de pareja, justificación del por qué se solicita la custodia compartida, estrategias y compromisos para salvaguardar la relación del otro progenitor con sus hijos en el tiempo que ejercerá la custodia. Deberes referentes a la guarda y custodia, periodos de convivencia con cada progenitor; y régimen de relaciones con ellos y con sus hermanos, abuelos u otros parientes y personas allegadas.

Tratándose de una exigencia creada por la vía jurisprudencial, mientras no sea recogida por el legislador, se debe introducir en la demanda o contestación pormenorizando todas las cuestiones señaladas. No obstante, no es preciso aportarlo en un documento anexo.

Pinche AQUÍ para acceder a un modelo de Plan de parentalidad.

 

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