Ingreso indebido
En general, existe un ingreso indebido cuando se produce una duplicidad de pago de deudas u obligaciones tributarias, cuando la cantidad pagada excede de la cantidad liquidada o autoliquidada, o cuando se produce un error material, un error de hecho o un error aritmético en una liquidación tributaria.
También existe un ingreso indebido cuando la deuda se ingresa transcurridos más de cuatro años desde la fecha de finalización del plazo en que debió ingresarse (ya que, en este caso, la Administración ha perdido el derecho a reclamarla).
También puede solicitarse la devolución de ingresos indebidos cuando éstos proceden de las propias autoliquidaciones realizadas por los contribuyentes.
Devolución por transferencia
A la hora de solicitar la devolución, no olvide indicar en su escrito en qué cuenta quiere que Hacienda le devuelva el dinero.
Aporte documentos
Aporte los justificantes que demuestren el derecho a la devolución, y cuantos documentos considere necesarios para facilitar la tramitación del expediente. Sea muy claro en sus explicaciones y referencie cada una de ellas con las fotocopias presentadas, cuando proceda.